noviembre 17, 2016

Normas de acceso y préstamo de libros

Como cualquier otra biblioteca de carácter público, el acceso es libre y gratuito, sin limitación de ningún tipo (edad, lugar de residencia, etc.). Sólo se exigen las más elementales normas de convivencia (respeto a los demás usuarios, al personal de la Biblioteca y a sus indicaciones, las instalaciones y los fondos bibliográficos).

Las secciones infantiles-juveniles (pueden utilizarse, como norma general, hasta los 14 años), de igual manera hasta la citada edad los niños no pueden acceder a las zonas de adultos.

El carnet de socio, no es obligatorio, excepto para hacer uso del servicio de préstamo.

Se realizarán reproducciones de todo el material que está depositado en la biblioteca, todo con el seguimiento riguroso de la Ley de Propiedad Intelectual.

CARNETS DE PRÉSTAMO O LECTOR

Será individual y accederán a él todas las personas que lo soliciten ateniéndose a las presentes normas.

Dará derecho a la utilización de este servicio de préstamo de libros.

Será de uso personal e intransferible. Excepcionalmente se permitirá su utilización a familiares que acrediten el parentesco o a personas que presenten el carnet de identidad (u otro documento identificativo similar) del titular del carnet.

Será imprescindible la presentación del carnet de préstamo para hacer uso de dicho servicio.

Con carácter general los usuarios menores de 14 años utilizarán el servicio de préstamo infantil/juvenil y de 14 años en adelante el de adultos.

SOBRE LA CONDICIÓN DE USUARIO

La inscripción deberá formalizarse rellenando el impreso que a tal efecto facilitará la Biblioteca, presentando el DNI.

Se deberá además facilitar una fotografía actual tamaño carnet y 1´20 €.

El carnet de usuario de préstamo tendrá una duración indefinida, debiendo renovar los datos personales periódicamente.

La pérdida o deterioro de la tarjeta ocasionará la pérdida de los derechos como prestatario siendo necesario tramitar nuevamente la inscripción como socio de la Biblioteca.

SOBRE EL SERVICIO DE PRÉSTAMO ORDINARIO

Las personas que se encuentren dadas de alta como usuarias del préstamo podrán retirar simultáneamente de forma ordinaria hasta 12 préstamos de diferentes materiales, sean ya libros, películas… durante 15 días.

Con carácter general y salvando las situaciones que más adelante se describen, estos 15 días podrán ser prorrogados a otros 15 si así es solicitado por el lector.

La prórroga de libros exigirá la realización de los trámites establecidos para dicha operación y la presentación de los libros a renovar.

LIMITACIONES AL RÉGIMEN DE PRÉSTAMO ORDINARIO

La prorrogabilidad en el préstamo de libros estará limitada por la demanda e interés circunstancial que pueda producirse sobre determinados títulos. En estos casos la Biblioteca podrá modificar, si es necesario, los plazos de préstamo y su carácter prorrogable informado convenientemente a los usuarios, a ser posible en el momento de la realización del préstamo. Estos libros entrarán en un régimen de préstamo restringido.

Cuando se desee renovar el préstamo de un libro que haya entrado en un régimen de préstamo restringido se optará:

  1. Por realizar la renovación del préstamo por un plazo no superior a 5 días.
  2. Por realizar la devolución del mismo y una reserva que no exceda los 20 días de plazo de realización del nuevo préstamo.

Cuando se desee renovar el préstamo de un libro que se encuentre reservado por otro lector se optará:

  1. Por realizar la renovación del préstamo por un plazo no superior a 7 días.
  2. Por realizar la devolución del mismo y una reserva que no exceda los 20 días de plazo de realización del nuevo préstamo.

Queda terminantemente prohibido el acaparamiento de obras por parte de una o varias personas. Los libros devueltos volverán a las estanterías evitando la circulación de los mismos entre segmentos reducidos de usuarios, dando a todos oportunidad de acceso a aquellos.

SANCIONES POR RETRASO EN LA DEVOLUCIÓN

El retraso en la devolución de las obras retiradas del servicio de préstamo conllevará la sanción de pérdida de los derechos sobre dicho servicio por un número de días igual a tantos como retraso haya existido en cada uno de los libros devueltos fuera de plazo.

El retraso en la devolución conllevará la pérdida del derecho de reserva de libros.

RESPONSABILIDAD SOBRE EL MATERIAL PRESTADO

Los usuarios del préstamo serán responsables del material que retiren quedando obligados a reparar los posibles daños que causen en él o reponer la obra en caso de pérdida o deterioro irrecuperable. En caso de no poder reponer la misma obra se aportará otra, de acuerdo con la Biblioteca, de similares características.

RESERVAS

En caso de solicitar libros que se encuentren prestados a otra persona, los usuarios del préstamo podrán realizar reserva de dichas obras (hasta un total de dos) solicitándolo al personal de préstamo.

Cuando las obras reservadas por los usuarios se encuentren disponibles, la Biblioteca comunicará a los interesados dicha disponibilidad.

Cuando las obras reservadas no sean retiradas por los usuarios éstas pasarán a circulación una vez que finalice el tercer día a partir de la comunicación. Si la comunicación es por correo el plazo será el doble contado desde la fecha de envío de la carta.

Los usuarios que realicen reserva de obras y no acudan a retirarlas podrán ser sancionados con la suspensión de los derechos de reserva por un plazo de hasta 4 meses.

SOLICITUD DE LIBROS

Enlace a la página de información de solicitud de libros.

PRESTAMOS INTERBIBLIOTECARIOS

El lector puede solicitar un libro, publicaciones periódicas, etc. que no encuentre entre los fondos de la biblioteca. La Biblioteca Pública de Segorbe se encargará de localizar la obra y de solicitarla a la entidad correspondiente, por el método más urgente