El Archivo Municipal recoge los fondos producidos por el Ayuntamiento de Segorbe en el ejercicio de sus actividades; por lo tanto es a la vez:
- Archivo»Histórico»: conserva documentación desde 1286.
- Archivo «Central»: recoge los expedientes que mantienen un uso, aunque sea eventual, por parte de secciones municipales, dado que permanece su valor administrativo.
- Fondos Documentales: En la actualidad el Archivo cuenta con casi medio kilometro de documentación (410 metros); esta cifra refleja la documentación perfectamente conservada en las estanterías, no se ha tenido en cuenta toda aquella que «yace» en los distintos depósitos a la espera de tener una estructura adecuada para su ubicación. Si contemplamos esta, podríamos aventurar un total cercano al Kilómetro (1.000).
Cuenta con 4 depósitos, con una superficie total de 240 m2, y una sala de consulta aneja de unos 8 m2 hábiles.
Documentación sumaria
En este apartado desglosamos la documentación tanto del archivo histórico como la del administrativo, así como la de los archivos que sucesivamente va incorporando el Archivo Municipal de diferentes asociaciones o entidades
Descargar cuadro de clasificación del archivo
Condiciones de acceso
Según el Reglamento del Archivo Municipal de Segorbe aprobado por el Ayuntamiento de Segorbe en la sesión ordinaria del 10 de diciembre de 1991, el acceso se diferencia dependiendo de la documentación si es administrativa ó histórica:
- Archivo Administrativo: La consulta de documentos se llevará a cabo en el local habilitado al efecto, distinguiendo:
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- Los miembros de la Corporación, que se ajustarán a lo regulado en los artículos 14, 15 y 16 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Corporaciones Locales.
- El personal laboral o funcionario de este Ayuntamiento, que pedirá el documento mediante la firma de la correspondiente hoja de solicitud, encontrándose a su disposición el archivo.
- El personal ajeno al Ayuntamiento el cual, con arreglo a la legislación vigente y teniendo en cuenta las limitaciones debidas a la naturaleza y contenido del documento, salvaguarda de los intereses e intimidad de las personas, deberá solicitarlo mediante instancia dirigida al Sr. Alcalde, donde se hará constar el documento que desea consultar así como el motivo de su consulta.
Se permitirá solamente la consulta de aquella documentación que se considera de acceso público, quedando vetada la documentación de acceso restringido. cuya consulta viene regulada en los artículos 14, 15 y 16 del Reglamento de Organización y Funcionamiento.
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- Archivo Histórico: La consulta de la documentación histórica se ajustará a los siguientes principios de actuación:
- La edad del consultante no será inferior a los dieciocho años.
- La documentación será consultada en la sala habilitada al efecto, que estará abierta al público en general en horario que fijará el responsable del Archivo.
- No se permitirá la entrada de investigadores y usuarios al depósito de documentos, si no es con autorización del Archivero y acompañado por el personal del Archivo.
- La solicitud de documentación se hará por medio de tarjetas impresas, cuyos datos deberá rellenar el investigador y suscribirlos con su firma, previa presentación del DNI.
- Ningún usuario podrá consultar a la vez más de un documento, salvo que por cuestiones relativas a la investigación sea necesario, para lo cual deberá solicitar la correspondiente autorización por parte del responsable del Archivo.
- El usuario facilitará cuantos datos se precisen al Archivo para la confección de ficheros de investigadores, temas tratados, etc.